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Autoconsumo y almacenamiento con energía renovable, Xunta de Galicia. Programa 6.

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Programa de incentivos que ofrecen ayudas para la promoción del autoconsumo utilizando fuentes de energía renovables .

Actuaciones

Programa de incentivos 6 : Realización de instalaciones Aerotermia, Biomasa, geotermia, hidrotermia en el sector residencial y público.

Beneficiarios Información Adicional

a) Particulares.
b) Autónomos.
c) Entidades locales y del sector público institucional, sin actividad económica.
d) Comunidades de propietarios, Comunidades de energías renovables y Comunidades ciudadanas de energía (siempre que no realicen ninguna actividad económica).
e) Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Mancomunidades, Cabildos, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud: Según tipología:
- Geotermia e Hidrotermia: Desde: 15/12/2021 a las 09:00h.
- Aerotermia: Desde: 16/12/2021 a las 09:00h.
- Biomasa y Solar térmica: 17/12/2021 a las 09:00h.

Finalización de presentación de solicitud: 31/12/2023

Plazo de ejecución de actuaciones: Desde 01/07/2021. Hasta: Máximo 18 meses desde la notificación de la concesión de la ayuda.

Plazo de justificación documental: 18 meses desde la notificación de la concesión de la ayuda.

Cuantías

La cuantía dependerá del tipo de actuación y beneficiario.

Instalaciones térmicas (aerotermia, soltar térmica biomasa, geotermia...):
- Viviendas: Entre 500€ y 1.600€ según potencia.
- Viviendas de propiedad pública: Entre 650€ y 1600€ según potencia.

Costes Elegibles

Aquellos que sean necesarios para conseguir los objetivos energéticos de los programas de la presente convocatoria, que de manera sucinta se relacionan a continuación:
- Inversión en equipos y materiales relacionadas
- Ejecución de obras e instalaciones.
- Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
- Sistema eléctrico general de alta y baja tensión (transformadores, líneas de evacuación, sistemas de infraestructuras eléctricas adicionales, protecciones, equipamientos).
- Sistemas de gestión, control activo y monitorización.
- Sistemas de medición, sondeos exploratorios y ensayos TRT.
- Obras civiles: El coste del desmantelamiento de las instalaciones existentes en el emplazamiento.
- Costes de redacción de proyectos o memorias técnicas, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud de la obra y montaje, costes de gestión de solicitud de la ayuda, informe del auditor.
- Se considerará coste elegible el IVA soportado, siempre que éste no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial.

Entre otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias específicas de cada tipología de actuación.

Información adicional

• Incompatible con otras ayudas o subvenciones que se puedan conceder para la misma finalidad.
• La subvención deberá ser declarada en Renta.
• Posible compatibilidad con deducciones fiscales IRPF e Impuesto de Sociedades.
• La presentación de solicitudes se hará directamente por el solicitante, salvo cuando este sea particular o comunidad de propietarios, cuya presentación se hará a través de una entidad colaboradora.
• Procedimiento adhesión entidades colaboradoras:
- Acceso a aplicación informática (https://www.inega.gal) (https://sede.xunta.gal)

Enlace al portal de solicitud

https://sede.xunta.gal/portada

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