Este programa busca impulsar actuaciones que reduzcan el consumo de energía eléctrica al menos en un 30%, con la ampliación o renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, bajo parametros de eficiencia energética.
Actuaciones
• Instalaciones o sustituciones de los equipos de alumbrado por luminarias de mayor rendimiento, por fuentes de luz de mayor eficiencia y/o por equipos electrónicos de regulación y control.: Reducir el consumo de energía eléctrica al menos en un 30%. Regular los niveles de iluminación según diferentes horarios nocturnos y tipo de vías, Adecuar las instalaciones existentes a los reglamentos de eficiencia energética.
• La ampliación o renovación de las instalaciones existentes de alumbrado público exterior con la finalidad de conseguir una mayor eficiencia energética.
*Estas actuaciones deberán de incluir un estudio contemple un diagnostico de la situación actual y determine la situación final, con el ahorro energético y económico una vez realizada la actuación o reforma.
Beneficiarios Información Adicional
Los municipios de la Comunidad Autónoma de la Rioja. (Entidades locales)
Plazos
Plazo de presentación de solicitud: Desde: 09/02/2023. Hasta 08/03/2023.
Plazo de justificación: termina el 15 de noviembre de 2023.
Cuantías
La cuantía máxima de la Subvención será de 30.000 €, sin superar el 65% del importe de la inversión objeto de la subvención.
Costes Elegibles
• Se consideran gastos subvencionables los necesarios para la realización de la inversión definida en las actuaciones de la convocatoria.
• No se tomarán en consideración a efectos de la Subvención las solicitudes para inversiones cuyo coste, incluido el IVA, sea inferior a 5.000 €.
Información adicional
• Los alumbrados exteriores deberán ser de titularidad municipal y las actuaciones subvencionables deberán ajustarse a la normativa vigente sobre eficiencia energética.
• La calificación energética de la nueva instalación deberá ser A o B y deberá cumplir con los requerimientos de iluminación, calidad y confort visual reglamentados.
• Las instalaciones ampliadas o renovadas deberán cumplir con lo dispuesto en el reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT).
• No se iniciará la ejecución de la obra o instalación antes de que se hubiera adoptado la resolución de concesión de la Subvención
La presentación de la solicitud y documentación se hará de manera telemática obligatoriamente a través de OFIVIR (La oficina virtual de la Administración autonómica).
Enlace al portal de solicitud
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