Esta convocatoria pretende impulsar las inversiones en explotaciones agrarias.
Actuaciones
Inversiones subvencionables:
Inversiones en equipos para la producción de energía térmica y eléctrica.
Instalaciones de riego.
No serán subvencionables las inversiones efectuadas antes del 14/03/2024.
Beneficiarios Información Adicional
•Particulares, autónomos y empresas titulares de la explotaciones agraria.
•Sociedades Civiles, Comunidades de Bienes, Comunidades Hereditarias
Plazos
Presentación de solicitudes: desde el 14/03/2024 hasta el 15/04/2024
Plazo de ejecución de 3 años desde la notificación de concesión.
Cuantías
Honorarios profesionales: 30%
Particulares y autónomos: 35%
Empresas: hasta un 40%
Costes Elegibles
• Aquellos gastos que deriven de la ejecucion de la obra
• Honorarios profesionales
• El IVA podrá ser considerado elegible, siempre que no sea susceptible de recuperación o compensación total o parcial.
Información adicional
→ Compatibilidad:
Las subvenciones establecidas en el presente decreto serán compatibles con las concedidas por otras entidades públicas o privadas.
→ Requisitos generales:
Ser titular de la explotación y tener capacitación o competencia profesional.
No haber iniciado las inversiones antes del 14/03/2024.
Enlace al portal de solicitud
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