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BONO ENERGIA PYME, Proyectos de mejora energética para autonomos y Pymes.

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Esta convocatoria pretende mejorar y renovar las instalaciones de Autónomos, pymes con actividad de comercio, hostelería, artístico recreativas, de equipos de iluminación interior, de eficiencia energética…

Actuaciones

1. ProgramaSubvencionables de las inversiones en equipos consumidores de energía o elementos a una gestión energética eficiente:
Bono Envolvente: Elementos de control Solar (Toldos o láminas de Control solar y/o térmico).
Bono Iluminación: Renovación de equipos de iluminación interior y/o exterior, incluidos rótulos y escaparates, por otros de iluminación LED.
Bono Instalaciones Eléctricas: Mejora de la eficiencia energética en instalaciones eléctricas que garantice un suministro con calidad y fiabilidad.
Bono Equipo: Renovación de electrodomésticos (lavadoras, lavavajillas, secadoras, frigoríficos, Vending, planchas…).
Bono Climatización: Equipos que permitan reducir el consumo de energía de las instalaciones de climatización, ventilación y agua caliente sanitaria. (Instalaciones Fijas).
Bono Inmótica: Sistemas de domótica y/o inmóticos que permitan gestionar la energía y el gasto de forma mas eficiente.

Beneficiarios Información Adicional

* Autónomos y pequeñas y medianes empresas legalmente constituidas, cuya actividad esté incluida en las siguientes del CNE 2009:
o Sección G: Comercio, divisiones de 45 a 47 incluidas.
o Sección I: Hostelería, divisiones de 55 a 56 incluidas.
o Sección R: actividades artísticas, recreativas de entretenimiento, divisiones 90 a 93 incluidas.
o Sección S: Otros servicios, solo las divisiones 95 y 96.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud: : Desde: 01/04/2022. Hasta: 31/08/2022.

Plazo de ejecución de actuaciones: Desde el 01/01/2022 Hasta: 20/10/2022.

Plazo de justificación documental: Hasta el 20/10/2022.

Cuantías

Cuantía: 80% del coste elegible de la actuación, con un máximo de 6.000 € por solicitud

Costes Elegibles

Aquellos que sean necesarios para conseguir los objetivos energéticos de los programas de la presente convocatoria, que de manera sucinta se relacionan a continuación:
- Realización del proyecto.
- La dirección de Obra.
- La adquisición e instalación de los equipos.
- Obra civil.
- Soportes y protecciones, tanto eléctricas como mecánicas.
Así como cualquier otro elemento necesario para el correcto diseño y funcionamiento de la instalación reformada.

No se consideraran gastos subvencionables
- Los gastos de legalización.
- El impuesto sobre el valor añadido (IVA).
- Las licencias, gastos sometidos a aranceles, adquisición de bienes de segunda mano..

Información adicional

Presentación de solicitud: Se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través del formulario normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia o Inega. La presentación la podrán realizar tanto los interesados o la persona que acredite su representación.
Cuando la inversión sin IVA de la actuación sea superior a 15.000 € el beneficiario deberá apartar tres ofertas de diferentes proveedores, con la elección de una de ellas, siempre en criterios de ahorro.
→ Se deberá presentar Documento oficial en el que conste el código CNAE, correspondiente a la actividad de la empresa beneficiaria.
→ Esta convocatoria será compatible con otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad.

Enlace al portal de solicitud

https://sede.xunta.gal/

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