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Cambia 360 Municipio de Madrid 2022. Renovación de calderas y equipos de climatización.

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Esta convocatoria pretende impulsar en el sector residencial y comercial del Municipio de Madrid la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización de combustión fósil, por sistemas de climatización eficiente de bajas emisiones, tales como calderas de condensación de gas natural, Aerotermia, entre otros.

Actuaciones

Línea 1. «Calderas de gasóleo» : Sustitución de calderas de gasóleo comunitarias por calderas de gas natural de condensación o bombas de calor de accionamiento eléctrico.
Línea 2. «Calderas de gas atmosféricas» : Sustitución de calderas atmosféricas comunitarias de gas natural por calderas de gas natural de condensación o bombas de calor de accionamiento eléctrico.
Línea 3. «Terrazas sin emisiones» : Sustitución de aparatos de calefacción por combustión, empleados en terrazas o quioscos de hostelería y restauración de uso público, mediante instalaciones o aparatos que produzcan el calor sin emisiones locales.
Línea 4. «Calefacción y agua caliente sin emisiones» : Sustitución de calderas individuales de edificios de uso residencial privado que empleen combustibles de origen fósil, mediante bombas de calor de accionamiento eléctrico que hagan uso de suelo radiante o radiadores.

No son actuaciones elegibles:
- Las que se realicen sobre edificios de nueva construcción.
- Las realizadas en la ampliación de instalaciones térmicas de edificios existentes.
- Las que se realicen en edificios existentes sometidos a un cambio de uso.

Beneficiarios Información Adicional

Líneas 1 y 2: «Calderas de gasóleo y Calderas de gas atmosféricas» :
a) Comunidades de propietarios de edificios de uso residencial privado con dos o más viviendas.
b) Particulares o personas jurídicas, titulares o arrendatarios de:
- Fincas de propiedad particular de dos o más viviendas.
- Edificios de viviendas pertencientes a Comunidades de Bienes.
- Establecimientos, locales o edificios pertenecientes al sector terciario o servicios con potencia térmica nominal > 70kW.

Línea 3: «Terrazas sin emisiones» :
- Pymes titulares o arrendatarias de establecimientos de hostelería y restauración, abiertos al público.
No podrán acceder a esta subvención las personas que no ejerzan como profesionales autónomos, ni grandes empresas.

Línea 4: «Calefacción y agua caliente sin emisiones» :
- Particulares titulares o arrendatarios de viviendas, individuales o en bloque.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud: :
- Líneas 1, 2 y 4: Desde: 25/04/2022. Hasta: 25/11/2022.
- Línea 3: Desde: 25/04/2022 . Hasta: 21/10/2022 .

Plazo de ejecución de actuaciones:
- Líneas 1, 2 y 4: Desde: 01/01/2022. Hasta: 31/12/2022.
- Línea 3: Desde: Presentación de la solicitud. Hasta: 31/12/2022.

Plazo de justificación documental : 31/01/2023

Cuantías

La cuantía dependerá del tipo de actuación y beneficiario.

Costes Elegibles

No serán subvencionables los siguientes conceptos:
- Impuesto sobre el Valor Añadido satisfecho por la adquisición de los bienes o servicios facturados.
- Gastos financieros de la actuacion objeto de la subvención.
- Equipos o materiales reutilizados.
- Gastos en actuaciones de mantenimiento.
- Gastos que no estén claramente definidos o no resulten imputables directamente a la actuaciones subvencionada.
- Cualquier pago que no haya sido efectuado a través de medios bancarios.

Información adicional

→ Las ayudas de esta convocatoria serán compatibles con cualquier otra ayuda pública que pudiera concederse para la misma inversión, cuyo porcentaje en conjunto no podrá superar el 70% de la inversión.
→ Los aparatos que se instalen han de ser nuevos, y en ningún caso se podrá acoger a las ayudas la compra sin instalación.
→ Es requisito indispensable el certificado de la instalación térmica reformada, que deberá ser solicitado antes del 31/12/2022 y obtenido antes del 31/01/2023.

Presentación de solicitud y documentación:
• La solicitud se realizará exclusivamente de manera telemática y sólo podrán formular la solicitud de la subvención, en nombre y por cuenta del beneficiario final, las Empresas Instaladoras habilitadas, previamente adheridas a esta línea de ayudas.
• Procedimiento adhesión de Empresa instaladora:
- Acceder a la página web www.calderasyclima.es, en el apartado “darse de alta como instalador", cumplimentar el formulario 1.
- Enviar el formulario debidamente firmado y sellado, junto con la documentación al correo: cambia360@agremia.com
- Documentación a adjuntar:
1. Certificado de registro de "Empresa instaladora térmica", "Empresa instaladora de Baja Tensión (Línea 3)" en vigor o declaración responsable.
2. CIF/NIF de la empresa/autónomo.

Enlace al portal de solicitud

https://www.calderasyclima.es/

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