Esta convocatoria pretende eliminar las calderas de gasóleo que todavía operan en el Municipio de Madrid e impulsar en el sector residencial y comercial la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización de combustión fósil, por sistemas de climatización eficiente de bajas emisiones (Calderas de condensación de gas natural, Aerotermia, entre otros).
Actuaciones
Línea 1. «Calderas de gasóleo» : Sustitución de calderas de gasóleo por calderas de condensación de gas natural o Aerotermia.
Línea 2. «Terrazas sin emisiones» : Sustitución de aparatos de calefacción por combustión, empleados en terrazas o quioscos de hostelería y restauración de uso público, mediante instalaciones o aparatos que produzcan calor sin emisiones locales.
Línea 3. «Calefacción y agua caliente sin emisiones» : Sustitución de calderas en pisos individuales o vivienda unifamiliar de uso residencial privado que empleen combustibles de origen fósil, mediante Aerotermia, geotermia...que hagan uso de suelo radiante o radiadores para calefacción.
No son actuaciones elegibles:
- Las que se realicen sobre edificios de nueva construcción.
- Las realizadas en la ampliación de instalaciones térmicas de edificios existentes.
- Las que se realicen en edificios existentes sometidos a un cambio de uso.
Beneficiarios Información Adicional
• Línea 1: «Calderas de gasóleo» :
a) Particulares, propietarios o arrendatarios de piso o vivienda unifamiliar.
b) Comunidades de propietarios de edificios de uso residencial privado con dos o más viviendas.
c) Particulares o empresas, titulares o arrendatarios de:
- Fincas de propiedad particular de dos o más viviendas.
- Edificios de viviendas pertencientes a Comunidades de Bienes.
- Establecimientos, locales o edificios pertenecientes al sector servicios con potencia térmica nominal > 70kW.
• Línea 2: «Terrazas sin emisiones» :
- Pymes / Autónomos, titulares o arrendatarias de establecimientos de hostelería y restauración, abiertos al público.
No podrán acceder a esta subvención las personas que no ejerzan como profesionales autónomos, grandes empresas, ni Administraciones públicas.
• Línea 3: «Calefacción y agua caliente sin emisiones» :
- Particulares titulares o arrendatarios de piso o vivienda unifamiliar.
Plazos
Plazo de presentación de solicitud: :
- Líneas 1 y 3: Desde: 24/03/2023. Hasta: 24/11/2023.
- Línea 2: Desde: 24/03/2023 . Hasta: 20/10/2023 .
Plazo de ejecución de actuaciones: Desde: 01/01/2023. Hasta: 31/12/2023.
Plazo de justificación documental : Hasta: 31/01/2024.
Cuantías
La cuantía dependerá del tipo de actuación y beneficiario. (Documento descargable al final de la página)
Costes Elegibles
No serán subvencionables los siguientes conceptos:
- Impuesto sobre el Valor Añadido satisfecho por la adquisición de los bienes o servicios facturados.
- Gastos financieros de la actuacion objeto de la subvención.
- Gastos en adquisición de terrenos.
- Equipos o materiales reutilizados.
- Gastos en actuaciones de mantenimiento.
- Gastos que no estén claramente definidos o no resulten imputables directamente a la actuaciones subvencionada.
- Cualquier pago que no haya sido efectuado a través de medios bancarios.
Información adicional
→ Las ayudas de esta convocatoria serán
→ Los aparatos que se instalen han de ser nuevos, y en ningún caso se podrá acoger a las ayudas la compra sin instalación.
→ Es requisito indispensable el certificado de la instalación térmica reformada, que deberá ser solicitado antes del 31/12/2023 y obtenido antes del 31/01/2024.
→ Presentación de solicitud y documentación:
• La solicitud se realizará exclusivamente de manera telemática y sólo podrán formular la solicitud de la subvención, en nombre y por cuenta del beneficiario final, las Empresas Instaladoras habilitadas, previamente adheridas a esta línea de ayudas.
• Procedimiento adhesión de Empresa instaladora:
- Acceder a la página web www.calderasyclima.es, en el apartado “darse de alta como instalador", cumplimentar el formulario 1.
- Enviar el formulario debidamente firmado y sellado, junto con la documentación al correo: cambia360@agremia.com
- Documentación a adjuntar:
1. Certificado de registro de "Empresa instaladora térmica", "Empresa instaladora de Baja Tensión (Línea 2)" en vigor o declaración responsable.
2. CIF/NIF de la empresa/autónomo.
Enlace al portal de solicitud
Consúltanos tus dudas sobre ayudas y subvenciones