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Eficiencia energética en empresas agrícolas 2024. Galicia

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Estas ayudas pretenden impulsar la realización de proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria.

Actuaciones

a) Proyectos de energías renovables eléctricas: Instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo.
b) Proyectos de eficiencia energética : Instalaciones térmicas de energías renovables / Iluminación.

Las actuaciones deben justificar un ahorro energético mínimo en relación a la situación inicial de 0,1kW de energía final
por cada euro de inversión elegible.

Beneficiarios Información Adicional

Las empresas y autónomos del sector de producción agrícola primaria. CNAE-2009, Sección A, clases de la 1.11 a la 02.40
Las empresas de servicios energéticos

Plazos

Plazo de presentación de solicitud: Desde: 01/05/2024; Hasta 30/05/2024.

Plazo de ejecución de la instalación: Desde: Presentación de la solicitud; Hasta: 15/10/2024.

Plazo de justificación documental : Hasta 15/10/2024.

Cuantías

• Pequeña empresa: 50%
• Mediana empresa: 40%
• Gran empresa: 30%

- Importes máximos de subvención :
General: 100.000 por proyecto / 300.000 por empresa
Autoconsumo compartido: 500.000 por proyecto / 500.000 por empresa

Costes Elegibles

Aquellos que resulten estrictamente necesarios para la realización de la actuación subvencionable y que sean imprescindibles para el cumplimiento de los objetivos que requiere este programa. Específicamente:
- Inversión en equipos, montaje y puesta en marcha, elaboración de documentos técnicos del proyecto y de solicitud de ayudas.
- Las baterías que se coloquen en la instalación fotovoltaica.
- IVA (siempre que no sea recuperable).
- Todas las partidas incluidas en el presupuesto deberán llevar sus correspondientes mediciones.

NO se consideraran gastos subvencionables:
* Gastos de legalización, licencias, aranceles, adquisición de bienes de segunda mano.
* Gastos de funcionamiento de la actividad subvencionada.
* Gastos anteriores a la presentación de la solicitud.
* Obra civil no asociada directamente a la instalación de los equipos.
* Conducciones de distribución interior del calor, ni emisores (radiadores, suelo radiante y/o fancoils).
* Conducciones de distribución eléctrica, salvo cuando sean parte de del circuito de generación renovable.
* Rehabilitación de la envolvente de los edificiones.
* Instalaciones de iluminación de emergencia, rótulos lumínicos y la iluminación de señalización.
* Operaciones de mantenimiento.
* Electrodomésticos.
* Vehículo de todas clases utilizables para el transporte terrestre, marítimo o aéreo de personas, animales, materiales o mercancías. excepto la maquinaria que s utilice para la extracción o elaboración de los productos sin salir al exterior.
* Renovaciones de radiadores eléctricos portátiles.

Información adicional

Compatibilidad:
- Incompatible con otras subvenciones que se pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración.

Otros datos:
- La inversión mínima debe ser de 5.000€ (IVA no incluido).

Presentación de solicitud: La tramitación se realizará obligatoriamente de forma telemática.
- Para el acceso a la aplicación de presentación de solicitudes, será necesario el NIF y la contraseña determinada por las personas interesadas.

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