Medidas de ayuda a aplicar en explotaciones agropecuarias dirigidas a la renovación de las instalaciones existentes obsoletas, tanto de generadores de calor, como sistemas de climatización, iluminación, bombas u otros equipos consumidores, así como la sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por otras que utilicen energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, residuos, energía geotérmica, o bomba de calor aerotérmica o hidrotérmica) que, reduzcan el consumo de energía en un 30%.
Actuaciones
• Tipo de actuación 1: Mejora eficiencia energética de instalaciones de regadío:
a. Sustitución grupos de bombeo.
b. Implantación variadores de frecuencia y arrancadores estáticos.
c. Implantación sistemas regulación, control y monitorización red de riego que contribuya al ahorro de energía.
d. Instalación o sustitución de baterías de condensadores para mejorar la eficiencia energética de las instalaciones eléctricas de las estaciones de bombeo.
No serán elegibles aquellas actuaciones que contribuyan al incremento en el consumo de agua o de la superficie regable.
• Tipo de actuación 2: Mejora eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias:
a. Actuaciones sobre la envolvente térmica que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración de los edificios agropecuarios (fachadas, cubiertas, ventanas) incluyendo soluciones bioclimáticas.
b. Actuaciones en las instalaciones térmicas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, como pueden ser las destinadas a los procesos de pasteurización y conservación de productos perecederos, a la climatización de naves de ganado e invernaderos, refrigeración en procesos de fermentación del vino, etc
c. Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación, distribución, regulación y control y elementos terminales de las instalaciones térmicas, incluyendo el aprovechamiento de calores residuales y nuevas redes de calor.
d. Sustitución de energía convencional en instalaciones térmicas por energías renovables térmicas (energía solar térmica, biomasa, energía geotérmica, energía ambiente (aerotermia o hidrotermia), bombas de calor o una combinación de ellas). No se considerará elegible la sustitución de un generador térmico por otro que utilice combustible de origen fósil
e. Reforma o sustitución de instalaciones de iluminación interior y alumbrado exterior.
f. Renovación de motores para accionamientos mecánicos y otros servicios propios de estas actividades.
Beneficiarios Información Adicional
• Particulares, Autónomos, PYMES, Empresas, titulares de una explotación agropecuaria.
• Comunidades de Regantes y otras organizaciones, que gestionen de forma común el agua para el riego agrícola, u otros combustibles de energía para fin agropecuario.
• Titulares de explotaciones agrícolas de regadío que utilicen redes de riego (consumo de energía eléctrica).
• Asociaciones de productores agrícolas.
• Comunidades de energías renovables y Comunidades ciudadanas de energía.
• Empresas de servicios energéticos.
Plazos
Plazo de presentación de solicitud: Desde: 12/06/2021. Hasta 31/12/2023, o en el momento de agotarse el presupuesto de la convocatoria.
Plazo de ejecución: El plazo máximo de realización de las actuaciones objeto de ayuda será de doce meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.
Plazo de justificación: Veinticuatro meses contados desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda o desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación del correspondiente contrato.
Cuantías
Hasta 30% del coste elegible. Se establece una ayuda máxima por proyecto de 300.000€.
Costes Elegibles
Se consideran costes elegibles aquellos que sean necesarios para conseguir los objetivos energéticos de este programa.
a) Los costes de gestión de solicitud de la ayuda.
b) La realización de auditorías energéticas que permitan identificar y evaluar adecuadamente las medidas a implantar de mejora de la eficiencia energética.
c) Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados.
d) Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.
e) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones, incluyendo obra civil asociada e instalaciones auxiliares necesarias.
f) En el caso particular de instalaciones geotérmicas, el coste de la realización de los estudios, ensayos TRT, sondeos y simulaciones previas a la realización del diseño de la instalación.
g) La inversión en equipos y materiales efectuada.
h) Los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de estas ayudas.
i) Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.
j) IVA (cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial)
No se consideran costes elegibles: licencias, tasas, impuestos o tributos.
Información adicional
• El IVA es subvencionable siempre que no sea susceptible de recuperación o compensación total o parcial.
• Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad.
→ Requisitos técnicos:
• Se deberá conseguir y justificar una reducción del consumo de energía final de un 10% con respecto a su situación de partida.
• El ahorro de energía se justificará mediante métodos de cálculo Anexo V – Directiva 2012/27/UE.
→ Presentación de solicitud y documentación:
La tramitación se realizará de forma telemática y se requerirá que la persona o entidad solicitante disonga de certificado de representante de entidad / persona física, emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana.
El solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite, siempre que dicha autorización conste en el Registro de representantes de la ACCV.
Enlace al portal de solicitud
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