Oficina de Información y Asesoramiento sobre Ayudas y Subvenciones

Te ayudamos a hacer crecer tu negocio

Línea 1 OBRAS PARTICULARES ACCESIBILIDAD Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

Leer "Aviso Legal"

La presente línea de ayudas tiene por objeto impulsar las obras de rehabilitación que se efectúen en viviendas unifamiliares o en elementos privativos de edificios en régimen de propiedad horizontal.

Actuaciones

Linea 1: Medidas financieras para obras particulares: Cuando las obras de rehabilitación se efectúen en viviendas unifamiliares o elementos privativos de edificios. Actuaciones:

Tipo 1: Obras de conservación y habitabilidad. Nueva ejecución o reforma de instalaciones de electricidad, saneamiento, abastecimiento, suministros básicos..; mejora confort acústico; conversión de locales en viviendas; fachada, cubierta y estructura en unifamiliares.

Tipo 2: Obras de mejora de la eficiencia energética. Nueva ejecución o reforma de instalaciones de calefacción, refrigeración, ventilación, producción de ACS, iluminación, autoconsumo de energía eléctrica, envolvente térmica y acústica; aislamiento térmico y acústico; sustitución de carpintería exterior; cambios de ventanas y calderas.

Tipo 3: Obras de accesibilidad. Adaptación de baños; adaptación de la vivienda para supresión de barreras arquitectónicas.

Tipo 4: Obras de adecuación del acabado general de la edificación a los principios de la buena construcción. Reformas interiores de viviendas de albañilería, escayola, carpintería interior, instalaciones parciales de electricidad, telefonía, calefacción, gas y pintura.

Beneficiarios Información Adicional

• Persona física
•Empresas
•Comunidad de bienes

Que sean propietarias, arrendatarias o usufructuaria de la vivienda unifamiliar o de los elementos privativos del edificio a rehabilitar.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud : Desde: 10/09/2023 ; Hasta: 31/12/2030.

Plazo de ejecución: 12 meses desde la notificaciónde la resolución de la ayuda.

Plazo de justificación: 1 mes desde el vencimiento del plazo de ejecucción.

Cuantías

La cuantía de la subvención es un porcentaje dependiendo de si las obras son del tipo 1, 2, 3 o 4, de los ingresos, del nº de miembros de la unidad de convivencia y de si se trata de rehabilitación integrada o aslada. Los porcentajes van desde el 50% hasta el 80% con ĺimites máximos que van desde los 3.000€ hasta los 10.000€.

Si las actuaciones se realizan en viviendas que se vayan a incorporar a programas de alquiler del Gobierno Vasco por un plazo mínimo de 6 años, se añadirá una subvención adicional del 25% con límite de 4.000€.

En los supuestos de rehabilitación de locales para su destino a vivienda la cuantía de la ayuda será: Rehabilitación integrada 25% con límite máximo de 5.500€; rehabilitación aislada 20% con límite máximo 4.000€.

La cuantía del préstamo podrá alcanzar la totalidad del presupuesto protegible, deduciéndose la totalidad de las ayudas a fondo perdido concedido por esta u otras Administraciones.

Costes Elegibles

• Honorarios profesionales de asistencia técnica para la ejecución de obras y para la redacción de la Inspección Técnica del edificio. Así como los de los profesionales encargados de la gestión de las actuaciones de rehabilitación.
• El presupuesto de ejecución de obras.
• Las tasas o precios públicos satisfechos para las actuaciones de rehabilitación así como el IVA cuando sea soportado y no sea repercutible a terceros.

Información adicional

Requisitos:

• El edificio tiene que tener antigüedad superior a 20 años.
• Debe ser vivienda habitual y permanente, o serlo en 3 meses desde la certificación de la obra.
• Solo se exige la inspección técnica del Edificio (ITE) con anterioridad a la solicitude n viviendas unifamiliares y caerios.
• El presupuesto protegible mínimo deberá ser superior a 3.000 € (excepto en obras de accesibilidad)
• Se exigirá la preceptiva licencia de obras.
• Las actuaciones en locales solo serán protegibles si tienen por objeto destinarlos a vivienda y se habilita una sola vivienda por local.
• Es incompatible con los programa PREE 5000 y cualquier otra ayuda cofinanciada por el FEDER y de inveriones europeos.
• La unidad convivencional debe cumplir los siguientes requisitos: Máximo 39mil € para prestamos y máximo 25mil€ para subvención.

Presentación de las Solicitudes:

• Las personas Juridicas deberan presenter de forma telematica, por medios electronicos.
• Los particulares podran presenter tanto telematicamente, como presencial.

Enlace al portal de solicitud

https://bit.ly/3sN6skY

Consúltanos tus dudas sobre ayudas y subvenciones

CONTÁCTANOS