La presente línea de ayudas tiene por objeto apoyar las obras de rehabilitación de comunidades de personas propietarias para mejorar la habitabilidad, permitir el acceso a personas con discapacidad y reducir el consumo energético.
Actuaciones
Línea 2: Medidas financieras para obras comunitarias. Cuando las obras de rehabilitación se efectúen en elementos comunes de la construcción, instalaciones comunes de viviendas bifamiliares o adosadas y edificios residenciales colectivos con uso principal de vivienda. Actuaciones:
→Tipo 1: Obras de conservación, seguridad y habitabilidad. Adecuación estructural; rehabilitación de fachada; mejor de habitabilidad exterior mediante la instalación de terrazas y balcones a viviendas que carecían de ellos, o ampliación de estos en las viviendas que los tenían; sustitución de cubiertas, instalaciones, aislamiento acústico; adecuación urbanística; actuaciones de seguridad en materia de incendios; arreglos de portal y escaleras.
→Tipo 2: Obras de mejora de la eficiencia energética. Sustitución de carpinteria exterior; aislamiento térmico; ejecución de nuevas instalaciones o reformas de instalaciones de calefacción, refrigeración, ventilación, autoconsumo de energía eléctrica, producción de ACS, iluminación, envolvente térmica; cerramiento de terrazas y balcones uniforme en todo el edificio.
→Tipo 3: Obras de mejora de la accesibilidad. Renovación o instalación de ascensores; supresión de barreras arquitectónicas; reforma de los accesos desde la vía pública.
Beneficiarios Información Adicional
• Persona física
•Empresas
•Comunidad de bienes
•Las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios.
•Las empresas constructoras, de servicios energéticos, arrendatarias concesionarias con facultad de acometer las actuaciones de rehabilitación.
Plazos
→ Plazo de presentación de solicitud : Desde: 10/09/2023 ; Hasta: 31/12/2030.
→ Plazo de ejecución: 18 meses desde la notificaciónde la resolución de la ayuda.
→ Plazo de justificación: 1 mes desde el vencimiento del plazo de ejecucción.
Cuantías
Cuantía de la subvención:
Tipo 1: Rehabilitación aislada 40% del presupuesto con un máximo del menor de estos: 2.500€ por vivienda y 25.000€ por portal. Rehabilitación integral 50% del presupuesto con un máximo del menos de estos: 3.000€ por vivienda y 30.000€ por portal.
Tipo 2:
Las actuaciones que alcancen o puedan alcanzar una reducción de las emisiones globales de CO2 superior al 30%, consiguiendo al menos un indicador global con letra D o superior podrán obtener una subvención del 40% del presupuesto con un máximo de 50.000€.
Las actuaciones que alcancen o puedan alcanzar una reducción de las emisiones globales de CO2 superior al 50%, consiguiendo al menos un indicador global con letra C o superior podrán obtener una subvención del 50% del presupuesto con un máximo de 65.000€.
Tipo 3: Rehabilitación aislada 40% del presupuesto, con un máximo del menor de estos: 3.000€ por vivienda, o 30.000€ por portal. Rehabilitación integrada 50% del presupuesto, con un máximo del menor de estos: 3.500€ por vivienda, o 35.000€ por portal.
Las ayudas anteriores pueden ser complementadas con ayudas individuales para las personas titulares de elementos privativos tanto de viviendas como de los locales: La cuantía de la subvención es un porcentaje dependiendo de si las obras son del tipo 1, 2 o 3, de los ingresos, del nº de miembros de la unidad de convivencia y de si se trata de rehabilitación integrada o aslada. Los porcentajes van desde el 30% hasta el 65% con ĺimites máximos que van desde los 5.500€ hasta los 10.000€.
Costes Elegibles
• Honorarios profesionales de asistencia técnica para la ejecución de obras y para la redacción de la Inspección Técnica del edificio. Así como los de los profesionales encargados de la gestión de las actuaciones de rehabilitación.
• El presupuesto de ejecución de obras.
• Las tasas o precios públicos satisfechos para las actuaciones de rehabilitación así como el IVA cuando sea soportado y no sea repercutible a terceros.
Información adicional
✓ Requisitos:
• El edificio tiene que tener antigüedad superior a 20 años (salvo que el edificio presente graves daños que afecten a su estabilidad y seguridad, o que se preste para la supresión de barreras arquitéctónicas para personas mayores de 65 años o con discapacidad).
• Se exige haber realizado el ITE con anterioridad a la solicitud.
• Las edificaciones deben tener uso principal de vivienda (el 70% de la superficie útil debe estar destinada a vivienda excluyendo la planta baja).
• Se exigirá la preceptiva licencia de obras.
• El presupuesto protegible mínimo deberá ser superior a 3.000 € (excepto en obras de accesibilidad)
• Es incompatible con los programa PREE 5000 y cualquier otra ayuda cofinanciada por el FEDER y de inveriones europeos.
• En el caso de las Ayudas individuales, la unidad convivencional debe cumplir los siguientes requisitos: Máximo 39mil € para prestamos y máximo 25mil€ para subvención.
✓ Presentación de las Solicitudes:
• Las personas Juridicas deberan presenter de forma telematica, por medios electronicos.
• Los particulares podran presenter tanto telematicamente, como presencial.
Enlace al portal de solicitud
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