Oficina de Información y Asesoramiento sobre Ayudas y Subvenciones

Te ayudamos a hacer crecer tu negocio

Mejora de la Eficiencia Energética en Instalaciones existentes de Alumbrado Público exterior en Islas Baleares

Leer "Aviso Legal"

Mejora de la eficiencia energética en instalaciones existentes de alumbrado público exterior con el fin de aumentar la producción de energía eléctrica renovable, la reducción del consumo energía eléctrica y de las emisiones de CO2

Actuaciones

Los programas son:
P.1: Renovación de Instalaciones de alumbrado público exterior.
P.2: Instalaciones de Sistemas de regulación de flujos y de encendido y apagado.

Beneficiarios Información Adicional

 Los Ayuntamiento, las entidades locales menores o los consejos insulares, de las Islas Baleares.
 Las Universidades, centros de investigación y centros tecnológicos con sede en las Islas Baleares.
 Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicos… que desarrollen la actividad en las Islas Baleares.

Plazos

Presentación de la solicitud : Desde: 25/05/2023; Hasta: 29/09/2023.

Cuantías

* P.1: El 80% de los costes elegibles, con un límite de inversión elegible/ahorro de energía final a un año de 5 € /kWh.
* P.2: El 80 % del coste Elegible.
El Límite Máximo de ayuda por Beneficiario Considerando todos los programas son de 1.000.000 €

Costes Elegibles

Se consideran elegibles los que se especifican a continuación:
• La inversión en equipos, infraestructuras, materiales, equipamientos de control y auxiliares y relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
• Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones relacionadas con las tipológias de actuación objeto de ayuda.
• Sistemas de gestión, control activo y monitorización de datos.
• Obras civiles, cuando esten relacionadas con las actuaciones objeto de ayuda.
• Los costes de laredacción de los proyectos o memoriastécnicas relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
• Coordinación de seguridad y salud de la obra y montaje relacionados con la tipología de la actuación objeto de ayuda.
•Otras partyidas que sean debidamente justificadas como nenecarias.

No se consideran elegibles:
• IVA (cuando sea susceptible de recuperación o compensación).
• Los gastos sobre la gestión de las Subvenciones (solicitud y justificación).
• Los gastos propios, ya sean de personal, funcionamiento o gastos generales.
• Estudio de impacto ambiental y costes de visado de proyectos técnicos.
• Autorizaciones administrativas, licencias, permisos cpstes de avales y/o finazas...
• Seguros suscritos por el solicitante.
• La vigilancia o seguridad durente la ejecución de la obra hasta la fecha de puesta en marcha.
• Los costes financieros...

Información adicional

Requisitos para los programas 1 y 2:
* Deben de conseguir una reducción del consumo de energía eléctrica en la instalación de alumbrado en al menos un 30 % y conseguir una calificación energética de la instalación de alumbrado como mínimo de la letra B.
* Son Subvencionables las actuaciones que se realicen en las Islas Baleares.
* Las actuaciones deben realizarse: Desde el 16 de junio de 2022 hasta el plazo que fije la resolución de otorgamiento, que como máximo será de 18 meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución de concesión o como máximo la fecha establecida en la resolución de concesión que no podrá ser posterior a 30 de junio de 2025.
* Las instalaciones para renovar deben estar situadas en vía publica o en aparcamientos públicos exteriores.

Solo pueden ser objeto de subvención los equipos nuevos.
No es subvencionable la adquisición de las instalaciones o equipos mediante leasing ni ninguna otra fórmula de arrendamiento financiero.

Requisitos Programa 1: Son subvencionables la renovación del conjunto, por otro con luminarias con mayor rendimiento con tecnología LED, que permita reducir la potencia instalada en Iluminación.
Requisitos Programa 2: Son Subvencionables los sistemas y elementos que permitan el control local, remoto o automático por medios digitales de encendido y regulación de nivel de Iluminación.

El IVA no es un gasto subvencionable, ni los gastos de gestión de las subvenciones (solicitud y justificación).
Las solicitudes se presentarán de forma telemática.

Enlace al portal de solicitud

https://bit.ly/3ILDaIu

Consúltanos tus dudas sobre ayudas y subvenciones

CONTÁCTANOS