Oficina de Información y Asesoramiento sobre Ayudas y Subvenciones

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Plan CONVIURE. Rehabilitación de Edificios y sus entornos.

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Este programa busca impulsar actuaciones de rehabilitación en los edificios y el entorno público de los municipio mediante el plan Conviure de la Comunidad Valenciana.

Actuaciones

Obras de rehabilitación, renovación, ampliación o adecuación de edificios del patrimonio de emtidades locales, incluso la estrategia local de reahbilitación (Envolvente, Cubierta, Ventanas, Muros…)
Adecuación del entorno construido mediante la actuación en espacios públicos como calles, plazas, zonas de esparcimiento y recreo, incluso la estrategia local de rehabilitación. (Puntos de Recarga, Mejora de las calles, parques, fuentes…)
Únicamente la Estrategia local de Rehabilitación

Beneficiarios Información Adicional

Entidades Locales y demás entidades del sector público de ámbito local de la Comunidad Valenciana.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud: Desde: 15/02/2022. Hasta 29/04/2022.

Plazo máximo de ejecución: 36 meses desde la publicación de la concesión de la ayuda.

Cuantías

El importe máximo de la Subvención por solicitud será de 500.000 €

Características de la subvención:
- Las cuantias de la ayuda se calcula segun la población de Municipio.
- Ayuda base máxima de 3.000 €
- Ayuda adicional desde el 50% hasta el 100 % del coste del proyecto.

Costes Elegibles

• El coste de Ejecución de las obras.
• La adquisición de inmuebles (Edificio o suelo) hasta un máximo del 30% del presupuesto protegible.
• La redacción de la estrategia de rehabilitación con un máximo de 12.000 €.
• La redacción de los proyectos y dirección de obra con un máximo de 10%
Entre otras partidas (auxiliares o no) que sean debidamente justificadas como necesarias específicas de cada tipología de actuación.

No se consideran elegibles los siguientes costes:
• Impuestos indirectos.
• El IVA podrá ser considerado elegible, siempre que no sea susceptible de recuperación o compensación total o parcial.

Información adicional

Requisitos
• Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
• Solo podrá presentarse un proyecto por edificio rehabilitado.
• No serán apoyables aquellos proyectos que hayan sido financiados con fondos de la Generalitat a través de algún programa de esta o cualquier otra entidad.
• Los costes de ejecución de las obras, que no podrá superar los costes medios de mercado de la Comunidad Valenciana.

FISCALIDAD
• EL IVA es subvencionable siempre que no sea susceptible de recuperación o compensación.

La presentación de la solicitud y documentación se hará de manera telemática obligatoriamente.

Enlace al portal de solicitud

https://sede.gva.es/va/

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