Este programa busca impulsar actuaciones de rehabilitación en los edificios y el entorno público de los municipio mediante el plan Conviure de la Comunidad Valenciana.
Actuaciones
• Obras de rehabilitación, renovación, ampliación o adecuación de edificios del patrimonio de emtidades locales, incluso la estrategia local de reahbilitación (Envolvente, Cubierta, Ventanas, Muros…)
• Adecuación del entorno construido mediante la actuación en espacios públicos como calles, plazas, zonas de esparcimiento y recreo, incluso la estrategia local de rehabilitación. (Puntos de Recarga, Mejora de las calles, parques, fuentes…)
• Únicamente la Estrategia local de Rehabilitación
Beneficiarios Información Adicional
Entidades Locales y demás entidades del sector público de ámbito local de la Comunidad Valenciana.
Plazos
Plazo de presentación de solicitud: Desde: 15/02/2022. Hasta 29/04/2022.
Plazo máximo de ejecución: 36 meses desde la publicación de la concesión de la ayuda.
Cuantías
El importe máximo de la Subvención por solicitud será de 500.000 €
Características de la subvención:
- Las cuantias de la ayuda se calcula segun la población de Municipio.
- Ayuda base máxima de 3.000 €
- Ayuda adicional desde el 50% hasta el 100 % del coste del proyecto.
Costes Elegibles
• El coste de Ejecución de las obras.
• La adquisición de inmuebles (Edificio o suelo) hasta un máximo del 30% del presupuesto protegible.
• La redacción de la estrategia de rehabilitación con un máximo de 12.000 €.
• La redacción de los proyectos y dirección de obra con un máximo de 10%
Entre otras partidas (auxiliares o no) que sean debidamente justificadas como necesarias específicas de cada tipología de actuación.
No se consideran elegibles los siguientes costes:
• Impuestos indirectos.
• El IVA podrá ser considerado elegible, siempre que no sea susceptible de recuperación o compensación total o parcial.
Información adicional
Requisitos
• Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
• Solo podrá presentarse un proyecto por edificio rehabilitado.
• No serán apoyables aquellos proyectos que hayan sido financiados con fondos de la Generalitat a través de algún programa de esta o cualquier otra entidad.
• Los costes de ejecución de las obras, que no podrá superar los costes medios de mercado de la Comunidad Valenciana.
FISCALIDAD
• EL IVA es subvencionable siempre que no sea susceptible de recuperación o compensación.
La presentación de la solicitud y documentación se hará de manera telemática obligatoriamente.
Enlace al portal de solicitud
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