Oficina de Información y Asesoramiento sobre Ayudas y Subvenciones

Te ayudamos a hacer crecer tu negocio

Proyectos de Biomasa destinados a particulares en Galicia.

Leer "Aviso Legal"

El objeto de este programa es apoyar proyectos que fomenten el uso de las energías renovables, en particular instalaciones para la generación de energía térmica mediante equipos que utilicen biomasa como combustible.

Actuaciones

A1 : Estufas de aire, cocinas calefactoras.
A2 : Cambio de quemadores existentes que no sea de biomasa.
B1 : Equipos térmicos que utilicen leña, hidroestufas o insert/chimenea de agua.
B2 : Calderas de pellets con volumen de acumulación de combustibles inferior a 1.000 litros.
B3 : Caldera de Pellets con volumen de acumulación de combustible mayor o igual a 1.000 litros.

Beneficiarios Información Adicional

• Personas físicas propietarias de cualquier derecho sobre un inmueble de derecho residencial.
• Comunidades y Mancomunidades de vecinos, siempre que las actuaciones se realicen en viviendas o edificios del sector residencial situadas en Galicia.
• Agrupaciones de personas físicas, privadas sin personalidad.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud: Desde: 01/03/2022; Hasta: 01/07/2022.

Plazo de ejecución de actuaciones: Desde: Presentación de la solicitud; Hasta: 30/09/2022.

Plazo de justificación: Hasta: 30/09/2022.

Adhesión de entidad colaboradora: Desde: 19/01/2022; Hasta: 01/06/2022.

Cuantías

Hasta 50% de la inversión elegible de la instalación, con un límite por proyecto de 60.000€.
- En las tipologías B1, B2, B3, podrá incrementarse en 50€/kW adicionales (si la caldera incorpora un sistema de limpieza automática de intercambiador).
- Cada Entidad colaboradora podrá solicitar un máximo de 300.000€ en proyectos con reserva de fondos.

Costes Elegibles

a) El equipo principal de generación energética.
b) El coste del equipo térmico y sus accesorios principales (sistema de regulación y control, sistemas de limpieza, depuración de humos, extracción de cenizas).
c) Resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.
d) El coste del sistema de almacenamiento del combustible.
e) El coste del sistema de alimentación del combustible.
f) El coste de montaje y conexionado.

No son subvencionables:
a) Los gastos de funcionamiento de la actividad subvencionada y material fungible en general.
b) Los gastos anteriores a la presentación de la solicitud.
c) Equipo y materiales de segunda mano.
d) Las obras de mantenimiento y los gastos de alquiler.
e) Las tasas y licencias administrativas.
f) Las conducciones de distribución interior del calor y los equipos emisores, salvo cuando estos sean parte activa del circuito de generación térmica.

Información adicional

• Esta convocatoria será compatible con otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad.

Presentación de solicitud: Se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través del formulario normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia o Inega. La presentación se hará a través de una Entidad Colaboradora.

Entidades colaboradoras: Podrán ser entidades colaboradoras empresas y autónomos con domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia, que hayan presentado declaración responsable como empresas de instalaciones térmicas en edificios y que figuren inscritas en el Registro Integrado Industrial del Ministerio competente en materia de energía.
- En la página web del Inega (www.inega.gal) estará disponible un listado de entidades colaboradoras adheridas a la convocatoria de ayudas.

Enlaces:
Sede electrónica Xunta Galicia
Web INEGA
Adhesión entidades colaboradoras

Consúltanos tus dudas sobre ayudas y subvenciones

CONTÁCTANOS