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Rehabilitación Residencial. Programa 4: Eficiencia Energética Vivienda en Valencia

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Este programa busca impulsar las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o edificios plurifamiliares, destinadas a domicilio habitual y permanente.

Actuaciones

1. Programa Ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en Viviendas: Financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares.
✓ Se deberá conseguir una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovables de al menos un 30%.
✓ Modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica, (transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, Tablas 3.1.1.a-HE1 y 3.1.3.a-HE1 del documento Básico DB HE)

Beneficiarios Información Adicional

Mejora de Eficiencia Energética de Viviendas:
✓ Los propietarios, usufructuarios o arrendatarios de Viviendas, bien sean particulares o bien empresas de naturaleza privada o pública.
✓ Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud : DESDE: 11 de abril de 2022; HASTA: 31/12/2022.
✓ Las obras podrán estar iniciadas antes de la solicitud (obras vślidas desde el 1 de Febrero de 2020).

Plazo de ejecución: 12 meses.

Cuantías

El importe de la Ayuda será del 40% del coste de la actuación, con una máximo de 3.000 €

Costes Elegibles

Con carácter general, se consideran costes elegibles los que se relacionan a continuación:
- Los Honorarios profesionales intervinientes.
- Los costes de la redacción de proyectos, informes técnicos y certificados necesarios.
- Los costes de la tramitación y/o gestión de solicitud de la ayuda.
- Redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de estas ayudas.
- Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.

No serán subvencionables los siguientes conceptos:
- IVA soportado susceptible de recuperación o compensación.
- Licencias, tasas, impuestos o tributos.

Información adicional

Requisitos :
- Para poder solicitar la actuación de eficiencia energética de viviendas, deberá ser vivienda habitual y permanente de sus ocupantes, (Certificado de empadronamiento).
- Se deberá presentar Certificado de Eficiencia Energética tanto antes como después de la rehabilitación.
- Se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020.
- El coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 € por vivienda..
- La tramitación de las solicitudes se deberá presentar a través de los agentes o gestores de la rehabilitación.

No serán Actuaciones subvencionables:
- Las realizadas en edificios de nueva construcción.
- Intervenciones en edificios existentes que conlleven un cambio de uso del edificio.
- Actuaciones de inversiones en generadores térmicos que utilicen combustible de ORIGEN FOSIL.

Compatibilidad:
- Es compatible con otras ayudas públicas para el mismo objeto, siempre que no supere el coste total de las actuaciones.
- Es compatible con las ayudas para la Rehabilitación de Edificio y a nivel de barrios, siempre que se acredite que no se subvenciona el mismo coste.
- Las Vivienda unifamiliares podrán solicitar las ayudas de rehabilitación de edificios o las de mejora de la eficiencia energética de viviendas, pero no ambas.

Posibles afecciones fiscales:
- La subvención está exenta de tributación en IRPF.
- Posible compatibilidad con deducciones fiscales IRPF, a razón del RDLey 19/2021 y la LEY 10/2022.

Enlace al portal de solicitud

https://bit.ly/3uxYbzP

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