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Rehabilitación Residencial. Programa 3: Rehabilitación de Edificios en Navarra.

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Este programa busca impulsar las actuaciones de Rehabilitación de Edificios de uso residencial, para mejorar la eficiencia energética, con especial atención a la Envolvente Térmica.

Actuaciones

Actuaciones tendentes a obtener una mejora de la eficiencia energética , con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios. Condiciones:
1. Reducir al menos un 45% el consumo de energía primaria no renovable.
2. Reducir la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, de al menos:
a. Zonas climáticas D y E: 35%
b. Zona climática C: 25%

Beneficiarios Información Adicional

Rehabilitación de Edificios:
✓ Los propietarios o usufructuario de vivienda unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y viviendas colectivas.
✓ Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público.
✓ Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de Comunidades de propietarios.
✓ Los propietarios de edificios.
✓ Las empresas arrendatarias o concesionarias de edificios.

Serán destinatarios últimos de las Ayudas, siempre que tengan residencia fiscal en España y las viviendas se encuentran situadas en la Comunidad Foral de Navarra.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud : DESDE: 09:00am 01/04/2022 ; HASTA: 31/12/2022.
✓ Las obras podrán estar iniciadas antes de la solicitud (obras válidas desde el 1 de enero de 2022).

Plazo de ejecución: 26 meses desde la notificación de la concesión de la subvención.(Finalizado antes del 30 de junio de 2026)

La Documentación Justificativa: deberá ser aportada con anterioridad al 30 de septiembre de 2026.

Cuantías

Los importes de la ayuda varían dependiendo del porcentaje de consumo de energía primaria no renovable. Ahorro energético conseguido con la actuación:

Ayuda Base:
✓ 45≥% ≤ ACep, nrenv < 60%: 65% de la inversión. Cuantía máxima de 10.000 €
✓ ACep, nrenv ≥ 60%: 80% de la inversión. Cuantía máxima de 12.000 €

Ayudas Adicionales:
✓ Por Reto Demográfico cantidad máxima de 16.000€
✓ Por retirada de amianto.
✓ Por vulnerabilidad económica.

Costes Elegibles

Con carácter general, se consideran costes elegibles los que se relacionan a continuación:
- Los Honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente, del Certificado de Eficiencia Energética.
- Los costes de la gestión de solicitud de la ayuda.
- Los costes de la redacción de los proyectos técnicos.
- De la dirección facultativa de las actuaciones.
- los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
- la inversión en equipos y materiales efectuada.
- Redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de estas ayudas.
- Los costes de gestión de la justificación de las realización de las actuaciones.
- Otras partidas necesarias específicas de cada tipología de actuación.

No serán subvencionables los siguientes conceptos:
- IVA soportado susceptible de recuperación o compensación.
- Licencias, tasas, impuestos o tributos.

Información adicional

Requisitos :
- El edificio debe ser existente y tener una antigüedad superior a 20 años.
- Se deberá presentar Certificado de Eficiencia Energética tanto antes como después de la rehabilitación.
- Se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2022.
- Se debe obtener una reducción de al menos un 45% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable.
- Para ser considerado un edificio de uso residencial, al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante debe estar destinado a uso residencial.

No serán Actuaciones subvencionables:
- Las realizadas en edificios de nueva construcción.
- Intervenciones en edificios existentes que conlleven un cambio de uso del edificio.
- Actuaciones de inversiones en generadores térmicos que utilicen combustible de ORIGEN FÓSIL.

Compatibilidad:
- Es compatible con las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
- Es INCOMPATIBLE con el programa de rehabilitación a nivel de barrio del RD 853/2021, con el PREE 5000, el programa de rehabilitación del Gobierno de Navarra y el PREE.

Posibles afecciones fiscales:
- Esta subvención está exenta de tributación en IRPF.
- Posible compatibilidad con deducciones fiscales IRPF, a razón de la Ley Foral 19/2021.

Enlace al portal de solicitud

https://bit.ly/3urYTNJ

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