Esta convocatoria financia la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión que hayan sido ejecutadas y puestas en servicio con anterioridad al 18 de septiembre de 2003 y que no hayan sido modificadas con posterioridad a esa fecha.
Actuaciones
Línea 1 . Instalación eléctrica interior de la vivienda (incluido su derivación individual), incluyendo su adaptacion a instalaciones de autoconsumo o puntos de recarga de vehículo electrico.
Línea 2 . Centralización de contadores, línea general de alimentación, caja general de protección (y opcionalmente derivaciones individuales), incluyendo las reformas necesarias de adaptacion a futuras instalaciones de autoconsumo o puntos de recarga de vehículo electrico.
- Opción 1: Centralización de contadores, línea general de alimentación y caja general de protección.
- Opción 2: Renovación de derivaciones individuales de todos los suministros del edificio (servicios comunes, viviendas, garajes comunitarios, oficinas, etc.) excepto locales comerciales en planta baja e inferiores.
- Opción 3: Renovación de instalaciones de las opciones 1 y 2.
Línea 3 . Instalación eléctrica asociada a los servicios comunes del edificio.
Línea 4 . Instalación eléctrica interior del garaje, para más de 5 plazas.
Beneficiarios Información Adicional
• Particulares
• Comunidades de propietarios
• Entidades sin ánimo de lucro
Plazos
Presentación de la solicitud : Desde: 01/05/2024 hasta: 30/05/2024.
Plazo de ejecución: : Entre el 01/01/2024 y el 18/10/2024 (sobre instalaciones hechas antes del 18/09/2003 que no hayan sido modificadas).
Plazo de justificación : Hasta: 25/10/2024.
Cuantías
Línea 1 :
- Consumidores no vulnerables: hasta 50%. Máximo 1.200€ por vivienda.
- Consumidores vulnerables: hasta 75%. Máximo 1.800€ por vivienda.
- Consumidores vulnerables severos: hasta 100%. Máximo 2.400€ por vivienda.
Línea 2 :
- Opción 1: 50%. Máximo 120€ por abonado.
- Opción 2: 50%. Máximo 240€ por abonado.
- Opción 3: 50%. Máximo 360€ por abonado.
Línea 3 : 50%. Máximo 95€ por abonado.
Línea 4 : 50%. Máximo 120€ por plaza.
Costes Elegibles
Serán costes elegibles aquellos que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios, cuyo pago se haya realizago con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.
No se consideran elegibles:
• Gastos financieros
• Gastos generales o corrientes del titular
• Inversiones en equipos usados.
• Gastos de adquisición de vivienda.
• Gastos de adquisición de terrenos.
• Impuestos personales o sobre la renta.
• Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
• Contribuciones en especie.
• Gastos de procedimientos judiciales.
Información adicional
→ Las ayudas de esta convocatoria serán compatibles con cualquier otra ayuda pública o privada.
→ Condiciones técnicas:
- Las instalaciones deberán ser ejecutadas por empresas instaladores habilitadas en baja tensión.
- El instalador emitirá el certificado de instalación de acuerdo a modelo normalizado y realizará el registro en industria. Este certificado acreditará la finalización de la obra, la fecha de registro en industria será como máximo el último día del plazo de justificación.
→ Presentación de solicitud : Podrá presentarse:
- A través de la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es/) indicando en el buscador el procedimiento número AYUD0035T01
- A través de los registros electrónicos.
Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Autorizaciones Energéticas con código de identificación (DIR) A03003933
Enlace al portal de solicitud
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