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Subvenciones destinadas a EMPRESAS TURÍSTICAS de Cantabria

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Esta convocatoria buscar mejorar las empresas turisticas inscritas en el Registro General de Empresas Turisticas de Cantabria.

Actuaciones

Se consideran Actuaciones:

1.En los Alojamientos Turísticos:
a. La instalación de sistema de climatización y/o aire acondicionado, incluidas las obras.
b. Mejora de los baños tanto de uso común, como de las habitaciones y/o cambio de sanitarios
c. Obras de rehabilitación y reforma de cubiertas.
d. Instalaciones y equipamiento de sistemas de automatización de instalaciones (domótica) y de eficiencia energética. Excluidos los cambios de luminarias.
e. Obra de reforma y mejora de cocinas.

2.En Restaurante, cafeterías y bares.
a. La instalación de sistema de climatización y/o aire acondicionado, incluidas las obras.
b. Mejora de los baños tanto de uso común y/o cambio de sanitarios.
c. Instalaciones y equipamiento de sistemas de automatización de instalaciones (domótica) y de eficiencia energética. Excluidos los cambios de luminarias.
d. Obra de reforma y mejora de cocinas.

3.En Campamentos de turismo y agencias de viajes.
a. Obras de acondicionamiento y mejora de los baños tanto de uso común y/o cambio de sanitarios.
b. acondicionamiento y mejora de las instalaciones eléctricas, acometidas, acumuladores de agua e instalaciones de depuración…
c. Instalaciones y equipamiento de sistemas de automatización de instalaciones (domótica) y de eficiencia energética.
d. Inversión en obra civil para garantizar la accesibilidad y la eficiencia energética de las oficinas de atención al público.

Beneficiarios Información Adicional

Los beneficiarios son los titulares de PYMES turísticas, que estén inscritos en el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria
• Alojamientos turísticos.
• Restaurantes, cafeterías y bares.
• Campamentos de Turismo, agencias de viajes…

Plazos

Plazo de presentación: desde 31 de mayo de 2023 / hasta 31 de julio de 2023.

Plazo de ejecución: las realizadas y pagadas entre el 1 de marzo de 2022 y el 31 de julio de 2023.

Cuantías

La cuantía subvencionable máxima 40% de la Inversión, con un máximo 100.000 €.

Costes Elegibles

Los costes elegibles que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen dentro del plazo de ejecución.

No se considerará como coste subvencionable:
* El Iva no es subvencionable.

Información adicional

Compatibilidad: Es incompatible con cualquier otra ayuda, subvención ingreso o recurso procedente del Gobierno de Cantabria.
Requisitos:
o El establecimiento debe estar radicado en la Comunidad de Cantabria.
o En ningún caso el coste de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
o El IVA, no es subvencionable.
o No serán subvencionables la compra de materiales de obra, sin la participación de profesionales de la construcción, Se excluye las obras realizadas por el titular del establecimiento.
o No serán subvencionables las obras y adquisiciones que hayan sido objeto de subvención en los últimos 5 años.
Presentación: Se deberá presentar de manera telemática, en el Registro Electrónico general de la Administración de la comunidad Autónoma de Cantabria. La Documentación deberá estar firmada (certificado electrónico) por quien ostenta la representación egal de la entidad solicitante.

Las personas físicas podrán presentar electrónicamente o por correo ordinario y en el registro de la dirección general de turismo.

Enlace al portal de solicitud

https://bit.ly/3qy6Jah

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