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Subvenciones instalaciones fotovoltaicas 2024. Sector residencial

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Este programa tiene como misión contribuir a aumentar la eficiencia en el consumo de energía a través de la instalación de energías renovables.

Actuaciones

Instalaciones fotovolticas para autoconsumo (conectadas a la red o aisladas) en sector residencial

Beneficiarios Información Adicional

Sector residencial:
- Particulares.
- Comunidades de propietarios.
-Comunidades de energías renovables y Comunidades ciudadanas de energía.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud: Desde: 13/04/2024; Hasta 31/10/2024, o agotamiento de fondos.

Plazo de ejecución y facturación de la instalación: Desde: 01/01/2024; Hasta: 31/12/2024.

Plazo de justificación documental : Hasta 15/01/2025.

Cuantías

La cuantía dependerá de la potencia:

Instalación fotovoltaica autoconsumo individual
- Potencia entre 10kWp y 25kWp: 300€ por kWp
- Potencia ≤ a 10kWp: 400€ por kWp

Instalación fotovoltaica autoconsumo colectivo
- Potencia entre 10kWp y 25kWp: 350€ por kWp
- Potencia ≤ a 10kWp: 460€ por kWp

Ayudas adicionales:
- No existen ayudas adicionales ni por instalación de Baterías ni por encontrarse en Municipios inferiores a 5000 habitantes.

Costes Elegibles

Aquellos que resulten estrictamente necesarios para la realización de la actuación subvencionable y que sean imprescindibles para el cumplimiento de los objetivos que requiere este programa. Específicamente:
- Inversión en equipos y materiales relacionadas con la tipología de actuación.
- Ejecución de obras e instalaciones.
- Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
- Sistema eléctrico general y baja tensión (líneas de evacuación, sistemas de infraestructuras eléctricas adicionales, protecciones, equipamientos).
- Sistemas de gestión, control activo y monitorización.
- Pequeñas actuaciones de albañilería (relacionadas con la actuaciones objeto de ayuda).
- Costes de redacción de proyectos o memorias técnicas, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud de la obra y montaje.
- Otras partidas que sean debidamente justificadas.

No se consideraran gastos subvencionables:
* Gastos propios (personal, funcionamiento o gastos generales)
* Estudios de impacto ambiental y costes de visado de proyectos técnicos.
* Autorizaciones administrativas, licencias, permisos, multas, tasas o tributos.
* Seguros suscritos por el solicitante.
* Costes financieros.

Información adicional

Compatibilidad:
- Incompatible con otras subvenciones que pudieran concederse para la misma finalidad.
- Si el beneficiario recibiera otras subvenciones solicitadas para la misma finalidad, está obligado a comunicarlo al EVE.

Requisitos:
- Se deberá acreditar que el consumo anual estimado de energía sea igual o mayor al 80% de la energía anual generada.
- Las instalaciones deberán contar con un sistema de monitorización de la energía producida: Deberá mostrar la producción en términos diario, mensual y/o anual. Emisiones de CO2 evitadas y ahorro económico generado. Deberá ser accesible a través de dispositivo móvil o aplicación web
- Todos los CUPS deberán pertenecer al sector residencial.
- No se podrán acoger a este programa las instalaciones que se realicen en edificios de nueva construcción (>1.000m2 construidos), edificios que incrementen la superficie construida o en el que se produzca un cambio de uso.
- No son subvencionables las autofacturas.
- La instalación deberá estar facturada y pagada a 31/12/2024.

Presentación de solicitud: La tramitación se realizará preferiblemente de forma telemática.

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