El objeto de esta convocatoria es la puesta en marcha de medias y acciones para mitigar y adaptarse al cambio climático y propiciar el avance hacia un modelo energético bajo en carbono.
Actuaciones
Son subvencionables las siguientes actuaciones entre otras:
1. Elaboración de inventarios energéticos de edificios.
2. Equipos de monitorización, programación horaria, control remoto y otros medios similares destinados a adecuar la energía consumida por las entidades públicas a su demanda real.
3. Equipamiento de alumbrado público solar.
4. Sustitución de lámparas para aumento de la eficiencia energética en alumbrado público y en edificios de las Entidades Locales.
5. Instalaciones y equipamiento de aprovechamiento de recursos renovables (fotovoltaica, biomasa, geotermia, aerotermia) tanto las instalaciones de generación como sus instalaciones de almacenamiento.
6. Estudios de viabilidad y redacción de proyectos técnicos de instalaciones.
7. Instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos, incluidas bicicletas. Los puntos de recarga estarán destinados al uso público o al servicio de la flota propia de la entidad beneficiaria.
Beneficiarios Información Adicional
Municipios de Álava de menos de 25.000 habitantes
Plazos
► Plazo de solicitud: Desde el 26 de julio de 2024; Hasta el 25 de septiembre de 2024.
► Plazo de ejecución: Las actuaciones deben haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2024.
► Plazo de justificación: Hasta el 30 de diciembre de 2024.
Cuantías
► Actuación 1: Hasta el 85% del presupuesto con un máximo de 6.000€
► Actuación 2: Hasta el 85% del presupuesto con un máximo de 3.000€
► Actuación 3: Hasta el 60% del presupuesto con un máximo de 20.000€
► Actuación 4: Hasta el 60% del presupuesto con un máximo de 5.000€
► Actuación 5: : Hasta el 60% del presupuesto con un máximo de 40.000€
► Actuación 6: : Hasta el 60% del presupuesto con un máximo de 6.000€
► Actuación 7: : Hasta el 60% del presupuesto con un máximo de 5.000€
Costes Elegibles
Son subvencionables aquellos costes que resulten necesarios para la realización de la actuación subvencionable y resulten estrictamente necesarios.
El IVA no es subvencionable
Información adicional
►En el caso de las actuaciones 2,3,5 7 la entidad local deerá mantener laq instalación por un periodo mínimo de 5 años.
►Estas subvenciones son COMPATIBLES con otras subvenciones, ayudas o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones.
►Las solicitud se realizará de forma telemática
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