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Subvenciones para instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos a empresas ocioturísticas del ámbito de la enogastronomía. San Sebastian 2024.

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La finalidad es el impulso y despliegue de infraestructuras de puntos de recarga para vehículos electricos en empresas de ocio y turísmo del ámbito de la enogastronomia ubicadas en San Sebastian para mejorar la eficiencia energética y la competitividad de la economía urbana.

Actuaciones

Instalación de puntos de recarga de vehículo eléctrico emplazadas en espacios privados y que den servicio a la clientela del establecimiento dentro de las instalaciones de la empresa.

Beneficiarios Información Adicional

Autónomos, empresas o Pymes

Plazos

Plazo de solicitud: Desde 17/08/2024; Hasta 30/11/2024
Plazo de ejecución: Desde el 01/09/2023; Hasta 30/06/2025
Plazo de justificación: 6 meses desde la notificación de concesión, y en cualquier caso antes del 30/06/2025

Cuantías

Se subvencionará el 70% de los gastos subvencionables, y un 10% adicional si se trata de una pequeña empresa, microempresa o autónomo, con un máximo de 20.000€.

Costes Elegibles


Son gastos subvencionables los siguientes:
► El proyecto
► La obra u obra civil
► Costes de ingenierÌa y dirección de obra
► El coste de la propia infraestructura de recarga
► La instalación o actualización de cualquier elemento eléctrico, incluido el transformador
► Protecciones
► Señalizaciones
Instalaciones de telecomunicaciones necesarias

Información adicional

→ Las solicitudes se realizaran de forma telemática en la web de fomento de San Sebastian.
→ Se realizará una solicitud por cada establecimiento. Se concederá un máximo de 3 subvenciones por beneficiario.
→ La instalación deberá disponer, al menos, de conector tipo 2 según IEC 62.196-2, o conector CCS2- Combo 2, según IEC 62196, con compatibilidad con modo 3 o modo 4 según instalación, con medida de energía integrada.
→ El IVA no es un gasto subvencionable
→ Se admitirán únicamente justificantes de pagos realizados con tarjeta, transferencia bancaria o recibo por domiciliación debiendo detallar beneficiarios, concepto, importe, fecha. No se admitirán listados de movimientos bancarios ni pagos mediante BIZUM.
→ Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o entidad público o privada.

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