Oficina de Información y Asesoramiento sobre Ayudas y Subvenciones

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Subvenciones para proyectos de energía renovable de uso térmico en el sector residencial, en ámbitos no urbanos de Galicia.

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El objeto de esta convocatoria es apoyar proyectos promovidos para particulares con fines de ahorro energético y fomento del uso de energías renovables

Actuaciones

Son subvencionables las instalaciones de uso térmico en sector residencial realizadas en el ámbito rural de Galicia.
→Serán subvencionables:
• Calderas de biomasa, bombas de calor (aerotermia, geotermia e hidrotermia) y solar térmica.
• El equipo principal de generación energética, resto de accesorios de la instalación, coste del montaje, sistema de captación del recurso (en geotermia e hidrotermia).

→No serán subvencionables:
• Los gastos de funcionamiento, gastos anteriores a la presentación de la subvención, equipos y materiales de segunda mano, obras de mantenimiento, obra civil no asociada a la instalación, conducciones de distribución interior del calor, los proyectos iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud, tasas y licencias.

Beneficiarios Información Adicional

Personas titulares de cualquier derecho sobre el inmueble
Comunidades y mancomunidades de vecinos.

Plazos

Plazo de presentación de la solicitud: Desde: 16/02/2024 ; Hasta: 21/03/2024.
Plazo de ejecución: Hasta el 30/09/2024.

Cuantías

El porcentaje de subvención por centro será del 50% del coste de la inversión

Límites:
• Dependiendo de la tipología, se establece una ayuda máxima por vivienda , que será de: 8.000€ en caso de Biomasa, 10.000€ para Geotermia, 2.500 para aerotermia/ hidrotermia y solar térmica.
• La cuantía máxima por proyecto multivivienda: será de 40.000 €.

Costes Elegibles

Son subvencionables las instalaciones de uso térmico en sector residencial realizadas en el ámbito rural de Galicia.
→Serán subvencionables:
• Calderas de biomasa, bombas de calor (aerotermia, geotermia e hidrotermia) y solar térmica.
• El equipo principal de generación energética, resto de accesorios de la instalación, coste del montaje, sistema de captación del recurso (en geotermia e hidrotermia).

→No serán subvencionables:
• Los gastos de funcionamiento, gastos anteriores a la presentación de la subvención, equipos y materiales de segunda mano, obras de mantenimiento, obra civil no asociada a la instalación, conducciones de distribución interior del calor, los proyectos iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud, tasas y licencias.

Información adicional

La solicitud la debe realizar una entidad colaboradora con domicilio fiscal en Galicia, y debe estar adherido en el procedimiento IN609E del INEGA.
→ La tramitación se realizará de manera telemática.
No serán subvencionables los proyectos iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud.
→ Las actuaciones deberán ser realizadas en el ámbito rural de Galicia.
→ Estas subvenciones son incompatibles con otras ayudas o subvenciones destinadas a la misma finalidad.

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