Este programa tiene como misión contribuir a aumentar la eficiencia en el consumo de energía a través de la instalación de energías renovables.
Actuaciones
• Instalaciones térmicas de energías renovables en sector residencial:
- Aerotermia para climatización y/o agua caliente sanitaria (se exceptúa tecnologías aire-aire).
- Biomasa : Potencia inferior a 20 MW y siempre que tengan conexión hidráulica a un sistema de emisores como radiadores, suelo radiante o fancoils.
- Solar térmica / Geotermia / Hidrotermia.
- Nuevas acometidas y subestaciones de intercambio para la incorporación de nuevos usuarios en redes de calor basadas en fuentes de energía renovable.
Beneficiarios Información Adicional
Sector residencial:
- Particulares.
- Comunidades de propietarios.
Plazos
Plazo de presentación de solicitud: Desde: 13/04/2024; Hasta 31/10/2024, o agotamiento de fondos.
Plazo de ejecución y facturación de la instalación: Desde: 01/01/2024; Hasta: 31/12/2024.
Plazo de justificación documental : Hasta 15/01/2025.
Cuantías
Cuantías
- Aerotermia para climatización y /o ACS (aire-agua): 330€ por Kw. Máximo por vivienda: 2.000€
- Biomasa : 180€ por Kw. Máximo por vivienda: 1.800€ .
- Solar Térmica : 350€ por Kw. Máximo por vivienda: 800€
- Geotermia para climatización y/o ACS de circuito vertical cerrado : 1.200€ por Kw. Máximo por vivienda: 7.200€
- Geotermia para climatización y/o ACS de circuito abierto e Hidrotermia : 380€ por Kw. Máximo por vivienda: 5.000€
Ayudas adicionales:
- No existen ayudas adicionales por instalación de Suelo Radiante o Fancoils.
Costes Elegibles
Aquellos que resulten estrictamente necesarios para la realización de la actuación subvencionable y que sean imprescindibles para el cumplimiento de los objetivos que requiere este programa. Específicamente:
- Inversión en equipos y materiales relacionadas con la tipología de actuación, incluida la correspondiente a los sistemas de acumulación en su caso.
- Ejecución de obras e instalaciones.
- Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
- Sistemas de gestión, control activo y monitorización.
- Sondeos exploratorios y ensayos TRT para el caso de instalaciones geotérmicas.
- Obras civiles, excavaciones, zanjas, canalizaciones y tuberías asociados a la instalación de generación.
- Costes de desmantelamiento de las instalaciones existentes.
- Costes de redacción de proyectos o memorias técnicas, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud de la obra y montaje.
- Otras partidas que sean debidamente justificadas.
No se consideraran gastos subvencionables:
* Gastos propios (personal, funcionamiento o gastos generales)
* Distribución interior de climatización, circuitos hidráulicos y emisores de calor como suelo radiante, radiadores, fancoils, …
* Estudios de impacto ambiental y costes de visado de proyectos técnicos.
* Autorizaciones administrativas, licencias, permisos, multas, tasas o tributos.
* Seguros suscritos por el solicitante.
* Costes financieros.
Información adicional
→ Compatibilidad:
- Incompatible con otras subvenciones que pudieran concederse para la misma finalidad.
- Si el beneficiario recibiera otras subvenciones solicitadas para la misma finalidad, está obligado a comunicarlo al EVE.
→ Requisitos:
- Las bombas de calor accionadas eléctricamente deberán tener un SPF superior a 2,5.
- No son subvencionables las autofacturas.
- La instalación deberá estar facturada y pagada a 31/12/2024.
→ Presentación de solicitud: La tramitación se realizará preferiblemente de forma telemática.
Enlace al portal de solicitud
https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2024/erter_2024-es/web01-tramite/es/
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