Claves para pedir la subvención para almacenar energía renovable
En Junio de 2021, fue aprobado por el Consejo de Ministros el Real Decreto por el que se conceden directamente a las Comunidades Autónomas, a Ceuta y a Melilla, las ayudas para llevar a cabo diferentes programas de incentivos para energía de autoconsumo destinados a empresas, autónomos y particulares.
La acogida fue tan buena que, en junio de 2022, el IDAE aprobó la ampliación de presupuesto para todas aquellas Comunidades Autónomas que lo solicitaron, por agotamiento o asignación del presupuesto inicial.
¿Qué beneficios tienen estas subvenciones?
Te recomendamos echar un vistazo a las ayudas que reparte la comunidad autónoma que te corresponda, y así poder estar informado acerca de las subvenciones que se corresponden con la instalación de estas. En función de si son para empresas, autónomos o particulares, las cuantías destinadas son las siguientes:
- Empresas: Entre un 45% y 65% según potencia instalada y tipología de empresa.
- Particulares: Entre 140€ y 490€ por kWh de potencia instalada.
Es importante que tengas en cuenta que estas ayudas no son ilimitadas, de hecho, en diciembre de 2023 finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
Son subvenciones que se adjudican mediante concurrencia simple, lo que significa que serán atendidas mediante riguroso orden de llegada, hasta que se agoten los fondos, que recordamos, ya han sido ampliados.
Aparte, hay que tener en cuenta las siguientes modificaciones:
- Se permite que se reserve una parte del presupuesto para los últimos destinatarios, en determinados programas.
- Se facilita el modelo de empresa ESE y se clarifica la definición de los programas para las actuaciones realizadas, tanto para un tercero, como para el autoconsumo colectivo.
- Se flexibiliza la capacidad de almacenamiento que se permite instalar.
- Se aumenta la ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación, pasando de 2 kWh/kW a 5 kWh/kW.
- Se mantienen los requisitos de Ecodiseño y de DNSH.
Además, los beneficios son:
Poder obtener energía de una manera limpia y concienciada con los tiempos que corren y el objetivo de descarbonizar el planeta para 2050; además de disponer de esta misma energía 24/7, es decir, gracias a los sistemas de almacenamiento podremos disponer de ésta siempre que lo necesitemos ya que se queda almacenada.
¿Por qué se ofrecen estas ayudas?
Porque España, como país de la Unión Europea, en los últimos 30 años ha pasado de estar en la posición de ‘rendimiento bajo’ a ‘rendimiento medio’, lo cual nos favorece y nos alegra. Pero la pregunta es ¿Qué tendríamos que hacer para pasar a ‘rendimiento alto’ en los próximos 30 años?
De ahí que se hayan marcado diferentes objetivos para 2050, entre los que las energías renovables y el almacenamiento, tanto para particulares como para empresas, cobran un fuerte peso.
Tipos de ayudas y subvenciones para particulares y empresas
Desglosémoslo por programas:
Programa de incentivos 1 y 2, está pensado para recibir la ayuda, cubriendo las siguientes instalaciones:
- Instalación Fotovoltaica autoconsumo.
- Incorporación almacenamiento autoconsumo.
Programa de incentivos 3, pensado para:
- Incorporación de almacenamiento de autoconsumo en instalaciones existentes.
Programa de incentivos 4, destinado para:
- Sector residencial. Y dentro de este sector, poder realizar:
- Instalación Fotovoltaica autoconsumo.
- Incorporación almacenamiento autoconsumo.
- Administraciones públicas y 3º sector:
- Instalación Fotovoltaica autoconsumo.
- Incorporación almacenamiento autoconsumo.
Programa de incentivos 5, se beneficiarán los pertenecientes al sector que busque:
- Incorporar el almacenamiento de autoconsumo en instalaciones existentes.
Programa de incentivos 6, determinado para los siguientes sectores y causas:
- Sector residencial, viviendas de propiedad pública y tercer sector:
-
- Instalaciones aerotérmicas.
- Instalación Solar Térmica.
- Biomasa.
- Instalaciones geotérmicas o hidrotérmicas.
También es importante tener en cuenta la siguiente información sobre almacenamiento: se ha ampliado el límite de capacidad nominal, pasando de 2kW/h a 5Kw/h, por kW de potencia de generación instalada. En las instalaciones aisladas de red no existe límite.
¿Cómo puedo solicitarlas?
Cada comunidad autónoma establece sus requisitos y preferencias, por lo que se debe acudir a la CCAA correspondiente e informarse del proceso. Para cualquier duda o cuál es el siguiente paso a realizar, tanto como particular o como empresa, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, o entra en nuestro buscador online de ayudas.